El expresidente de Telefónica Álvarez-Pallete podría cobrar una indemnización por cese de 23,5 millones de euros

La salida de José María Álvarez-Pallete como presidente ejecutivo de Telefónica tras los cambios de la compañía para adecuar el perfil a su nueva estructura accionarial podría saldarse con una indemnización por cese de hasta 23,5 millones de euros. Álvarez-Pallete presentó su dimisión como consejero tras la decisión del Consejo de Administración del relevo en […]

Jan 19, 2025 - 18:03
El expresidente de Telefónica Álvarez-Pallete podría cobrar una indemnización por cese de 23,5 millones de euros
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La salida de José María Álvarez-Pallete como presidente ejecutivo de Telefónica tras los cambios de la compañía para adecuar el perfil a su nueva estructura accionarial podría saldarse con una indemnización por cese de hasta 23,5 millones de euros.

  • El presidente saliente de Telefónica, José María Álvarez-Pallete obtuvo ganancias por 6,32 millones de euros en 2023, casi un 7% menos que el año anterior, según el informe de remuneraciones de la compañía (p. 38). 

Álvarez-Pallete presentó su dimisión como consejero tras la decisión del Consejo de Administración del relevo en la presidencia.

Según la compañía, los contratos prevén una compensación en concepto de indemnización por cese que puede alcanzar cuatro anualidades como máximo. Esta cifra se calcula a partir de la suma de la última retribución fija y la media aritmética de la suma de las dos últimas retribuciones variables anuales.

En el caso de Álvarez-Pallete, la retribución fija fue de 1,9 millones, mientras que las dos últimas variables alcanzan los 3,7 y los 4,1 millones, en 2023 y 2022, respectivamente. 

  • ¿Por qué? Telefónica señala lo siguiente: “Los contratos suscritos con los consejeros ejecutivos son de carácter indefinido e incluyen un pacto de no concurrencia. Dicho pacto supone que, una vez extinguido el correspondiente contrato y durante la vigencia del pacto (dos años tras la finalización del contrato por cualquier causa), los consejeros ejecutivos no podrán prestar servicios ni directa ni indirectamente, ni por cuenta propia o ajena, ni por sí, ni por terceros, a empresas españolas o extranjeras cuya actividad sea idéntica o similar a la de Telefónica”.