La Fiscalía, sobre el acusado en el atropello del tren en El Higuerón: «Tenía el deber de haber intentado salvarla y no lo hizo»

Para el Ministerio Fiscal, Miguel, el joven acusado de un delito de homicidio por comisión por omisión «vio perfectamente la llegada del tren Avant cuando se encontraba en medio de las vías con su amiga Rocío, se le representó como altamente probable que si no hacía nada, ese tren iba a impactar contra ella se retiró, y huyó . Tenía ese deber de haber intentado salvarla y no lo hizo». Con esta conclusión rotunda en la última sesión del juicio contra Miguel por el atropello mortal de Rocío el 26 de febrero de 2020 la fiscal elevaba a definitivas este miércoles su acusación de homicidio pero introducía de forma alternativa «por si a los miembros del Jurado le cabía alguna duda» la de homicidio imprudente por «comisión por omisión». La diferencia entre que el Tribunal Popular considere que el acusado es autor de un delito de homicidio o de un delito de homicidio imprudente en este caso del atropello mortal de un tren en El Higuerón es que la pena en el primer caso ronda los 12 años de prisión mientras que la horquilla de la pena privativa de libertad por el homicidio imprudente es mucho más baja situándose entre uno y cuatro años de cárcel. La acusación particular ejercida por Antonio Romero Campanero por su parte también elevaba a definitivas su escrito calificando los hechos de asesinato con alevosía agravado por un delito de abuso de confianza por lo que solicita para el acusado 25 años de prisión. Mientras que la defensa ejercida por el abogado Joaquín Ruiz basándose en los principios de inocencia e in dubio pro reo ha solicitado la libre absolución planteando cuestiones al Jurado como que «nunca se sabrá si si Miguel hubiera hecho algo por evitar el atropello cuál hubiera sido el resultado, si hubiera podido salvarla o ambos hubieran muerto o el resultado ya estaba escrito; todo lo demás es efectista«. Sin embargo el escrito del fiscal que ha llevado al acusado Miguel a sentarse ante el Tribunal Popular presidido por la jueza Inmaculada Nevado en su escrito definitivo, y tras recoger los informes expuestos en la sala este miércoles por los médicos forenses que el acusado -con una discapacidad por sordera- podía oír perfectamente la bocina del tren ya que su dificultad para escuchar sonidos se centraba fundamentalmente en los tonos agudos no en los graves como el del tren, que además es exponencial 120 decibelios (acreditado por Adif). De este modo, la representante del Ministerio Público ha expuesto a los miembros del Jurado que el acusado «no tenía ningún problema, sabia que si no hacía nada su amiga iba a morir, no ha dado ningún motivo posible, ha mentido, ha dado muchas versiones -a su juicio todas son mentira- como a una amiga de la víctima a la que dijo que él había gritado a Rocío para que se apartara de la vía y no es verdad; se quitó del tren y la abandonó, huyó«. En este contexto, la fiscal ha concluido que el acusado debió haber intentado evitar su muerte, por lo que, ha recordado a los miembros del tribunal que «no tengan miedo en emitir un veredicto de culpabilidad«. La acusación particular insistía en su informe en que la declaración del maquinista recogía que «Miguel es el que domina la situación el que se pone en frente del tren el que mira saliéndose de la chaqueta que tenían sobre la cabeza y cuando ve que Rocío no tienen opción alguna de salvarse es cuando él salta«. En esta misma línea, el abogado de la acusación particular ha mostrado al jurado que una joven como Rocío, «que apenas pesaba 50 kilos y en torno a 1,55 de altura era fácilmente manejable». Un hecho probado, a su juicio, «es que la abandonó a su suerte, y se salva él». A esto añade que «era premeditado que Miguel quería ir a las vías... y que la cara de Rocío en una foto que se hace segundos antes de ser atropellada por el tren no es de una persona que quiere suicidarse«. En esta ultima sesión del juicio los forenses han señalado que «era imposible conocer la posición de la joven respecto al tren o si la joven Rocío fue retenida de algún modo o tenía señales de defensa de Miguel antes de que fuera atropellada por el tren dado que el cuerpo estaba totalmente desmembrado y esparcido varios metros a lo largo de la vía«. El único extremo que pudieron constatar los médicos del Instituto de Medicina Legal, según su testimonio en la sala este miércoles, era que la víctima no se encontraba tumbada en la vía por el cómo había quedado su cuerpo. De este modo, está previsto que la presidenta del Tribunal Popular le entregue a primera hora de este jueves el objeto del veredicto a los miembros del jurado que les servirá de guía para llegar conocer cuáles son a su juicio los hechos probados.

Feb 5, 2025 - 15:36
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La Fiscalía, sobre el acusado en el atropello del tren en El Higuerón: «Tenía el deber de haber intentado salvarla y no lo hizo»
Para el Ministerio Fiscal, Miguel, el joven acusado de un delito de homicidio por comisión por omisión «vio perfectamente la llegada del tren Avant cuando se encontraba en medio de las vías con su amiga Rocío, se le representó como altamente probable que si no hacía nada, ese tren iba a impactar contra ella se retiró, y huyó . Tenía ese deber de haber intentado salvarla y no lo hizo». Con esta conclusión rotunda en la última sesión del juicio contra Miguel por el atropello mortal de Rocío el 26 de febrero de 2020 la fiscal elevaba a definitivas este miércoles su acusación de homicidio pero introducía de forma alternativa «por si a los miembros del Jurado le cabía alguna duda» la de homicidio imprudente por «comisión por omisión». La diferencia entre que el Tribunal Popular considere que el acusado es autor de un delito de homicidio o de un delito de homicidio imprudente en este caso del atropello mortal de un tren en El Higuerón es que la pena en el primer caso ronda los 12 años de prisión mientras que la horquilla de la pena privativa de libertad por el homicidio imprudente es mucho más baja situándose entre uno y cuatro años de cárcel. La acusación particular ejercida por Antonio Romero Campanero por su parte también elevaba a definitivas su escrito calificando los hechos de asesinato con alevosía agravado por un delito de abuso de confianza por lo que solicita para el acusado 25 años de prisión. Mientras que la defensa ejercida por el abogado Joaquín Ruiz basándose en los principios de inocencia e in dubio pro reo ha solicitado la libre absolución planteando cuestiones al Jurado como que «nunca se sabrá si si Miguel hubiera hecho algo por evitar el atropello cuál hubiera sido el resultado, si hubiera podido salvarla o ambos hubieran muerto o el resultado ya estaba escrito; todo lo demás es efectista«. Sin embargo el escrito del fiscal que ha llevado al acusado Miguel a sentarse ante el Tribunal Popular presidido por la jueza Inmaculada Nevado en su escrito definitivo, y tras recoger los informes expuestos en la sala este miércoles por los médicos forenses que el acusado -con una discapacidad por sordera- podía oír perfectamente la bocina del tren ya que su dificultad para escuchar sonidos se centraba fundamentalmente en los tonos agudos no en los graves como el del tren, que además es exponencial 120 decibelios (acreditado por Adif). De este modo, la representante del Ministerio Público ha expuesto a los miembros del Jurado que el acusado «no tenía ningún problema, sabia que si no hacía nada su amiga iba a morir, no ha dado ningún motivo posible, ha mentido, ha dado muchas versiones -a su juicio todas son mentira- como a una amiga de la víctima a la que dijo que él había gritado a Rocío para que se apartara de la vía y no es verdad; se quitó del tren y la abandonó, huyó«. En este contexto, la fiscal ha concluido que el acusado debió haber intentado evitar su muerte, por lo que, ha recordado a los miembros del tribunal que «no tengan miedo en emitir un veredicto de culpabilidad«. La acusación particular insistía en su informe en que la declaración del maquinista recogía que «Miguel es el que domina la situación el que se pone en frente del tren el que mira saliéndose de la chaqueta que tenían sobre la cabeza y cuando ve que Rocío no tienen opción alguna de salvarse es cuando él salta«. En esta misma línea, el abogado de la acusación particular ha mostrado al jurado que una joven como Rocío, «que apenas pesaba 50 kilos y en torno a 1,55 de altura era fácilmente manejable». Un hecho probado, a su juicio, «es que la abandonó a su suerte, y se salva él». A esto añade que «era premeditado que Miguel quería ir a las vías... y que la cara de Rocío en una foto que se hace segundos antes de ser atropellada por el tren no es de una persona que quiere suicidarse«. En esta ultima sesión del juicio los forenses han señalado que «era imposible conocer la posición de la joven respecto al tren o si la joven Rocío fue retenida de algún modo o tenía señales de defensa de Miguel antes de que fuera atropellada por el tren dado que el cuerpo estaba totalmente desmembrado y esparcido varios metros a lo largo de la vía«. El único extremo que pudieron constatar los médicos del Instituto de Medicina Legal, según su testimonio en la sala este miércoles, era que la víctima no se encontraba tumbada en la vía por el cómo había quedado su cuerpo. De este modo, está previsto que la presidenta del Tribunal Popular le entregue a primera hora de este jueves el objeto del veredicto a los miembros del jurado que les servirá de guía para llegar conocer cuáles son a su juicio los hechos probados.