Prohibirán los tratamientos de cambio de género para menores de 18 años y tampoco podrán rectificar el DNI

Lo anunció este miércoles el vocero presidencial, Manuel Adorni; marcha atrás con las limitaciones que se iban a incluir para el acceso de los mayores a las prestaciones

Feb 6, 2025 - 08:01
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Prohibirán los tratamientos de cambio de género para menores de 18 años y tampoco podrán rectificar el DNI

El Gobierno anunció hace instantes que prohibirá los tratamientos de hormonización y las intervenciones quirúrgicas para cambio de sexo en los menores. En una conferencia de prensa grabada con antelación, se dio a conocer también que el Poder Ejecutivo derogará el artículo de la norma que permitía a los menores de 18 registrar su nuevo nombre y sexo.

“A partir de ahora, los efectores del sistema público de salud, ya sean estatales, privados o del subsistema de obras sociales, ya no deberán garantizar este tipo de prácticas, por lo que dejarán de estar incluidas en el Plan Médico Obligatorio (PMO)”, ampliaron, tras el anuncio del vocero presidencial, Manuel Adorni, desde el Ministerio de Salud de la Nación. Pasadas las 20, en el Gobierno dieron marcha atrás con ese punto, que limitaba la cobertura (es decir, quién paga) de los tratamientos para los mayores de edad. El PMO es la canasta básica de prestaciones que deben garantizar todas las coberturas a la población.

La modificación de dos artículos de la denominada Ley de Identidad de Género, por la Ley N° 26.743, llega tras la marcha la marcha LGBTQI+ del fin de semana pasado en repudio del discurso del presidente Javier Milei durante la reunión en Davos.

Los cambios a la norma incluyen la derogación del artículo 5, que permitía a los menores de 18 cambiar el sexo, el nombre de pila y la fotografía del documento de identidad en el Registro Nacional de las Personas. A la vez, al modificar el artículo 11, en adelante, los menores de edad “ya no podrán realizarse intervenciones quirúrgicas totales o parciales o tratamientos integrales hormonales para modificar su cuerpo, incluidos sus genitales”, ampliaron en Salud.

Esas cirugías incluyen, por ejemplo, aumento mamario, mastectomía, aumento de glúteos, orquiectomía, penectomía, vaginoplastia, clitoroplastia, vulvoplastia, anexohisterectomía, vaginectomía, metoidioplastia, escrotoplastía y faloplastia con prótesis peneana.

El fundamento de esta medida, según explicaron desde el Gobierno, está en un informe técnico sobre ambos artículos. “Habilitaban acciones que podían generar graves perjuicios en la salud de los menores de edad –plantearon a partir de ese texto, que no fue difundido aún–. Teniendo en cuenta que el deber del Gobierno nacional es promover el bienestar general y garantizar la protección de los niños, se ha decidido avanzar con esta medida evitando la configuración de situaciones que puedan vulnerar sus derechos fundamentales.

Por el momento, en la Casa Rosada no podían confirmar si el decreto con los cambios se publicaría a primera hora de este jueves o pasado en el Boletín Oficial.

Durante el anuncio, que duró unos pocos minutos, el vocero presidencial argumentó que la decisión, “lejos de afectar a un sector particular, tiene como fin garantizar el interés superior del niño, y proteger la integridad física y mental de los menores”.

Anteayer, el presidente Javier Milei había considerado en una entrevista con LN+ “un horror” que la provincia de Buenos Aires, por ejemplo, tenga 240 consultorios dentro del sistema de salud para trabajar con población LGBTI. “Desde mi punto de vista, que le amputen los genitales a una criatura mientras que le llenan la cabeza que es otra cosa distinta a lo que dice su biología, eso de separar el género de la biología no es gratis”, apuntó el mandatario.

Javier Milei tras Davos y la marcha LGBT; primera parte de la entrevista con Esteban Trebucq

Al citar el ejemplo de un menor de 10 años, criticó la irreversibilidad de los procedimientos quirúrgicos y el uso de hormonas a corta edad. “Si él se autopercibe así, dejá que siga el correr del tiempo y a ver qué decide”, dijo. En cuando a los mayores de 18, Milei expresó al entrevistador: “Vos, por ejemplo, ¿te querés autopercibir foca y querés convertirte en una foca? Yo no tengo problema. Lo que a mí me parece mal es que vos consideres que yo tengo que pagar la cuenta de eso, porque entonces no es un derecho, es un privilegio”.

El decreto, que deroga el artículo 5 de la Ley de Identidad de Género, reemplazará el artículo 11 sobre el derecho al libre desarrollo personal. El nuevo texto elimina el párrafo sobre los menores de 18, que hacía referencia a la necesidad de contar con la autorización de los padres o un adulto a cargo y la conformidad del menor, de acuerdo con el principio de capacidad progresiva, la asistencia de un abogado y, si los adultos no prestaran conformidad, la posibilidad de recurrir por vía judicial.

Ese artículo quedará con la referencia solo a los mayores de edad que quieran “acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa”.

El texto también mantendrá que, “para el acceso a los tratamientos integrales hormonales, no será necesario acreditar la voluntad en la intervención quirúrgica de reasignación genital total o parcial”. En esos casos, se continuaría requiriendo solamente el consentimiento informado de la persona.

El cambio de último momento en la redacción del decreto, según se pudo conocer, recuperaría la mención a que los hospitales y centros del sistema privado y obras sociales deben garantizar los derechos concedidos por la norma. Las prestaciones asociadas continuarían incluidas en el PMO.

“Las personas menores de 18 años no podrán acceder a las intervenciones y tratamientos” para el cambio de género, se señala taxativamente en la redacción. El decreto, que lleva la firma del Presidente con acuerdo de todo el Gabinete, se girará a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso.

Ante la consulta, desde el Ministerio de Salud refirieron a este medio que esa cartera “no cuenta con información específica [sobre los tratamientos o procedimientos realizados] en virtud del carácter descentralizado de los sistemas de salud y, por ende, de las acciones llevadas adelante en el ámbito provincial”.

Explicaron, además, que los insumos que adquiría el Estado los distribuían a las 24 jurisdicciones, además de a cuatro hospitales nacionales. En un detalle proporcionado a LA NACION para el período que va entre enero de 2020 y diciembre de 2023, Salud envió 548.662 tratamientos de hormonización por un monto equivalente a $848.365.342,89. El año pasado, según confirmaron, esa cartera no incluyó en sus compras esas terapias.

“En relación con los procedimientos quirúrgicos asociados a los procesos de cirugías de cambios de género, el Ministerio de Salud no cuenta, hasta el momento, con datos centralizados a nivel nacional, en virtud del carácter descentralizado de los sistemas de salud y, por ende, de las acciones llevadas adelante en el ámbito provincial”, respondieron.

Repercusiones

Luego de que el Gobierno saliera a comunicar la modificación de la ley, no tardaron las repercusiones. “Los anuncios de hoy sobre la Ley de Identidad de Género no tienen ningún respaldo. Existen protocolos locales, provinciales, nacionales y regionales sobre cómo acompañar a la niñez trans”, expresó, vía la red X, Thiago Leis, coordinador del Observatorio de Instituciones Políticas del Instituto Moisés Lebensohn. “Todo lo que hacen es usar prejuicios para dividirnos –continuó–. Y lo peor: atacan a una de las poblaciones más vulnerables. Las personas trans merecen respeto, acompañamiento y empatía”.

La Federación Argentina LGBT+ expresó por las redes sociales: “El Presidente no puede modificar una ley por decreto. Y, si lo intenta, vamos a recurrir a la Justicia y la Corte Interamericana [de Derechos Humanos] si es necesario”.

“Gracias!!! Gracias por esto!! Cuántos jóvenes y niños se salvarán. Sigamos ayudando a los mayores de 18 años que tienen las consecuencias físicas y psicológicas de esta tortura de género”, contrapuso María José Mancino, psiquiatra especializada en familia que fundó y preside Médicos por la Vida.

El abogado Andrés Gil Domínguez publicó “algunas consideraciones constitucionales y legales para evitar que la ignorancia libertaria se expanda como un virus”. Luego de repasar los dos artículos modificados, el constitucionalista consideró que “es falso sostener que los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años ejercen el derecho a la identidad de género sin tener que cumplir ningún requisito o procedimiento”.

Planteó, a la vez, que la derogación de los artículos solo puede hacerse con intervención del Congreso y que esta prohibición del Gobierno en cuanto a los tratamientos “es regresiva porque impone desde el Estado un modelo perfeccionista que desconoce el deseo de los niños, niñas y adolescentes, soslaya el acompañamiento de los representantes legales, inhibe la capacidad progresiva como central de la condición de sujeto de derecho, anula el interés superior del niño y obstruye la intervención administrativa o judicial como instrumento que garantiza las particularidades”.