La segunda asociación de jueces, indignada con los vocales por haber perdido la oportunidad de «despolitizar» el CGPJ

La decisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de elevar dos propuestas antagónicas sobre su modelo de elección al Gobierno y al Parlamento ha causado un profundo malestar en la segunda asociación en número de afiliados , Francisco de Vitoria, que ha criticado la incapacidad de los vocales para elevar al Parlamento una propuesta unitaria sobre el sistema de elección de los 12 vocales judiciales, tal y «como les fue encomendado». Recuerda que este encargo, buscar la fórmula que garantice la participación de los jueces en la elección de sus vocales, era «uno de los asuntos capitales de su mandato» y que incumplirlo supone, de facto, persistir en la «evidente politización» del órgano de gobierno de los jueces, «con grave detrimento de su imprescindible apariencia de independencia « que ha de presidir su actuación. «Los vocales designados políticamente, que parecen admitir su clasificación en conservadores o progresistas, han optado por presentar dos propuestas, ahondando en la bipolaridad que refleja su designación partidista, evidenciando su complicidad en el siniestro juego de reparto de cromos, disfrazado de una artificial unanimidad cuando de designar cargos discrecionales judiciales se trata, y frustrando la posibilidad de proponer un sistema de designación de los vocales judiciales que garantice la independencia del poder político«. Recuerda esta asociación que el artículo 122.3 de la Constitución remite a Ley Orgánica la determinación del sistema de elección de los 12 vocales judiciales y establece la elección de los otros 8 a propuesta de las Cortes Generales, 4 por el Congreso de los Diputados y 4 por el Senado, por mayoría de tres quintos en cada cámara. La Ley Orgánica del Poder Judicial de 1980, «respetuosa con el mandato constitucional», estableció la elección de los 12 vocales judiciales por jueces y magistrados en servicio activo, mediante un sistema electoral mayoritario puro con circunscripción única. Pero sucesivas reformas han acabado dejando la designación de la totalidad de los vocales en manos de los partidos políticos. Los vocales judiciales, dice, deben ser elegidos por sus pares, evitando interferencias políticas. Y ello «pasa por la renuncia de los partidos políticos al control ilegítimo del Poder Judicial». «Mantener el sistema actual, excluyendo a la carrera judicial de la elección de los vocales judiciales de forma directa, como propone el denominado sector progresista, perpetúa el control político del órgano de gobierno del Poder Judicial«. Tampoco convence a esta asociación la propuesta de los vocales del denominado sector conservador, pues «postula un sistema mayoritario puro sin factores de corrección, que no garantiza trasladar al resultado electoral la verdadera voluntad de los miembros del Poder Judicial». A su juicio, «no cabe aceptar sin más la sustitución del sistema partitocrático por el asociativo, sino que ha de tratarse de un modelo verdaderamente representativo de la pluralidad de la carrera judicial, proporcional, que refleje todas las sensibilidades de la carrera, con independencia de que se esté o no asociado«. Recuerda que esta asociación que junto con Foro Judicial Independiente (ninguna de las dos tienen representación en el CGPJ) elaboró una propuesta de sistema de elección de vocales judiciales que defiende un modelo verdaderamente representativo de toda la carrera judicial. «No es admisible, en fin, que la voluntad de unos pocos, que apenas representan a un 25 % de la carrera judicial, pretendan suplantar la clamorosa voluntad realmente mayoritaria de ésta, que solo pretende alcanzar un órgano de gobierno en el que la preservación de la independencia judicial sea un referente innegociable y que cumpla su función constitucional de efectuar nombramientos discrecionales con arreglo a estándares de mérito y capacidad en condiciones de igualdad y no por mayor o menor afinidad a determinada sensibilidad asociativa«. Dicen que era previsible que el CGPJ, «cuyos miembros se designan políticamente, renunciase a emitir una propuesta de unidad que avalase el cambio de un sistema por el que han sido designados». En este sentido lamentan que el actual órgano de gobierno de los jueces «haya desaprovechado la oportunidad de pronunciarse con una sola voz en favor de un sistema de elección de los vocales judiciales que se ajuste a los estándares exigidos por las instituciones europeas».

Feb 5, 2025 - 21:20
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La segunda asociación de jueces, indignada con los vocales por haber perdido la oportunidad de «despolitizar» el CGPJ
La decisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de elevar dos propuestas antagónicas sobre su modelo de elección al Gobierno y al Parlamento ha causado un profundo malestar en la segunda asociación en número de afiliados , Francisco de Vitoria, que ha criticado la incapacidad de los vocales para elevar al Parlamento una propuesta unitaria sobre el sistema de elección de los 12 vocales judiciales, tal y «como les fue encomendado». Recuerda que este encargo, buscar la fórmula que garantice la participación de los jueces en la elección de sus vocales, era «uno de los asuntos capitales de su mandato» y que incumplirlo supone, de facto, persistir en la «evidente politización» del órgano de gobierno de los jueces, «con grave detrimento de su imprescindible apariencia de independencia « que ha de presidir su actuación. «Los vocales designados políticamente, que parecen admitir su clasificación en conservadores o progresistas, han optado por presentar dos propuestas, ahondando en la bipolaridad que refleja su designación partidista, evidenciando su complicidad en el siniestro juego de reparto de cromos, disfrazado de una artificial unanimidad cuando de designar cargos discrecionales judiciales se trata, y frustrando la posibilidad de proponer un sistema de designación de los vocales judiciales que garantice la independencia del poder político«. Recuerda esta asociación que el artículo 122.3 de la Constitución remite a Ley Orgánica la determinación del sistema de elección de los 12 vocales judiciales y establece la elección de los otros 8 a propuesta de las Cortes Generales, 4 por el Congreso de los Diputados y 4 por el Senado, por mayoría de tres quintos en cada cámara. La Ley Orgánica del Poder Judicial de 1980, «respetuosa con el mandato constitucional», estableció la elección de los 12 vocales judiciales por jueces y magistrados en servicio activo, mediante un sistema electoral mayoritario puro con circunscripción única. Pero sucesivas reformas han acabado dejando la designación de la totalidad de los vocales en manos de los partidos políticos. Los vocales judiciales, dice, deben ser elegidos por sus pares, evitando interferencias políticas. Y ello «pasa por la renuncia de los partidos políticos al control ilegítimo del Poder Judicial». «Mantener el sistema actual, excluyendo a la carrera judicial de la elección de los vocales judiciales de forma directa, como propone el denominado sector progresista, perpetúa el control político del órgano de gobierno del Poder Judicial«. Tampoco convence a esta asociación la propuesta de los vocales del denominado sector conservador, pues «postula un sistema mayoritario puro sin factores de corrección, que no garantiza trasladar al resultado electoral la verdadera voluntad de los miembros del Poder Judicial». A su juicio, «no cabe aceptar sin más la sustitución del sistema partitocrático por el asociativo, sino que ha de tratarse de un modelo verdaderamente representativo de la pluralidad de la carrera judicial, proporcional, que refleje todas las sensibilidades de la carrera, con independencia de que se esté o no asociado«. Recuerda que esta asociación que junto con Foro Judicial Independiente (ninguna de las dos tienen representación en el CGPJ) elaboró una propuesta de sistema de elección de vocales judiciales que defiende un modelo verdaderamente representativo de toda la carrera judicial. «No es admisible, en fin, que la voluntad de unos pocos, que apenas representan a un 25 % de la carrera judicial, pretendan suplantar la clamorosa voluntad realmente mayoritaria de ésta, que solo pretende alcanzar un órgano de gobierno en el que la preservación de la independencia judicial sea un referente innegociable y que cumpla su función constitucional de efectuar nombramientos discrecionales con arreglo a estándares de mérito y capacidad en condiciones de igualdad y no por mayor o menor afinidad a determinada sensibilidad asociativa«. Dicen que era previsible que el CGPJ, «cuyos miembros se designan políticamente, renunciase a emitir una propuesta de unidad que avalase el cambio de un sistema por el que han sido designados». En este sentido lamentan que el actual órgano de gobierno de los jueces «haya desaprovechado la oportunidad de pronunciarse con una sola voz en favor de un sistema de elección de los vocales judiciales que se ajuste a los estándares exigidos por las instituciones europeas».