La Justicia confirma la condena de 5.000 euros de Alvise por difamar a Carmena
La Audiencia de Madrid avala la sentencia que obligó al hoy eurodiputado a indemnizar por lo civil con esa cantidad a la exalcaldesa de Madrid por inventarse que en los primeros días de la pandemia recibió un respirador en su casa cuando escaseaban en los hospitalesLa Justicia condena al agitador ultra Alvise Pérez a indemnizar a Carmena con 5.000 euros por difundir bulos La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado que el eurodiputado Luis 'Alvise' Pérez debe indemnizar con 5.000 euros a la exalcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, por inventarse en 2020 que había recibido un respirador en su casa cuando ese material sanitario escaseaba en los hospitales. Los jueces confirman que no contrastó esa información antes de escribirla ante miles de seguidores de su cuenta de Twitter en un contexto, las primeras semanas de la pandemia, “en que se estaba muriendo la población y era manifiesta la falta de respiradores”. La sentencia también revela que Alvise se negó a ser notificado de la existencia de este procedimiento: “Se colocó voluntariamente en la situación de incomunicación”. Los jueces de lo civil han estudiado un mensaje difundido por el agitador ultra en el último día de marzo de 2020. “¿Sabéis qué exalcaldesa de 76 años ha recibido en su casa un respirador personal de la empresa ”VitalAire“ para evitar acudir a un Hospital Público y hacer cola como el resto de españoles? Os doy una pista: No informará de ello ni La Sexta ni medio alguno de izquierdas”, decía el mensaje acompañado por una foto de un respirador. Carmena desmintió haber recibido ese respirador y llevó a Alvise a los tribunales. En primera instancia fue el juzgado 59 de Madrid el que entendió que debía indemnizar a la exalcaldesa de la capital con 5.000 euros: “El autor de la información no la contrastó suficientemente. No se desplegó la diligencia exigible al publicar una información suministrada por fuentes no reveladas sin contrastar de forma suficiente la veracidad de los hechos narrados”. El hoy eurodiputado, dijo entonces esa sentencia, “no es un profesional de la información” pero es “activo en redes sociales y posee un gran número de seguidores que habrían tenido acceso a dicha información que, de ser falsa, afectaría indudablemente al honor de la demandante”. La Audiencia Provincial ha rechazado el recurso del líder de 'Se Acabó La Fiesta', que todavía puede acudir al Tribunal Supremo. Alvise no ha conseguido probar que contrastara esa información con ninguna “fuente objetiva” y teniendo en cuenta “lo escandaloso de la noticia si hubiera sido verdad” se trata de una publicación que “constituye una afrenta al honor” de Manuela Carmena. Una difamación publicada en las primeras semanas de la pandemia: “Se estaba muriendo la población, las UCI estaban sobrecargadas y era manifiesta la falta de respiradores y mascarillas”, destaca la Audiencia. La sentencia también rechaza otra de las alegaciones tradicionales de Alvise que sí han prosperado en otros procesos judiciales: que las diligencias abiertas contra él por sus tuits y declaraciones no se le han notificado de forma correcta. En este caso, los jueces explican la realidad: un procurador llegó a ir a la puerta de su casa, habló con él y Alvise se negó a recoger las comunicaciones del juzgado. “Se colocó voluntariamente en la situación de incomunicación”, dicen los jueces. La resolución relata que un procurador se personó en el domicilio del agitador ultra en Madrid dos días consecutivos. El primero consiguió hablar con él a través del telefonillo y él colgó después de pedir que se lo mandaran todo por email. Tampoco abrió posteriormente la puerta cuando llamó al timbre. El procurador volvió un día después y encontró a Alvise: “Se niega a recibir la copia de la resolución, o no quiere firmar la diligencia acreditativa de la entrega”, explicó. “Resulta totalmente acreditado que el demandado impidió con su negativa la recepción de la cédula del emplazamiento y que este se practicase”, añade ahora la Audiencia de Madrid. Varias causas pendientes Alvise ya ha sido condenado en varias ocasiones por la vía civil por difamar a políticos y periodistas a través de sus cuentas en diversas redes sociales, Twitter o Telegram, donde atesora cientos de miles de seguidores desde hace años. El Tribunal Supremo dictó su primera condena firme, obligado a indemnizar con 7.000 euros a Ana Pastor por difundir fotos privadas sin su consentimiento. En la actualidad también se expone a varios procesos penales ante la sala segunda del tribunal por su aforamiento como eurodiputado. La causa principal ha sido remitida recientemente por la Audiencia Nacional. Los jueces tienen pendiente decidir si imputan al parlamentario europeo por cobrar 100.000 euros en efectivo de un empresario del sector de las criptomonedas al que, tal y como reveló en exclusiva elDiario.es, prometió legislar a su favor en las últimas e
La Audiencia de Madrid avala la sentencia que obligó al hoy eurodiputado a indemnizar por lo civil con esa cantidad a la exalcaldesa de Madrid por inventarse que en los primeros días de la pandemia recibió un respirador en su casa cuando escaseaban en los hospitales
La Justicia condena al agitador ultra Alvise Pérez a indemnizar a Carmena con 5.000 euros por difundir bulos
La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado que el eurodiputado Luis 'Alvise' Pérez debe indemnizar con 5.000 euros a la exalcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, por inventarse en 2020 que había recibido un respirador en su casa cuando ese material sanitario escaseaba en los hospitales. Los jueces confirman que no contrastó esa información antes de escribirla ante miles de seguidores de su cuenta de Twitter en un contexto, las primeras semanas de la pandemia, “en que se estaba muriendo la población y era manifiesta la falta de respiradores”. La sentencia también revela que Alvise se negó a ser notificado de la existencia de este procedimiento: “Se colocó voluntariamente en la situación de incomunicación”.
Los jueces de lo civil han estudiado un mensaje difundido por el agitador ultra en el último día de marzo de 2020. “¿Sabéis qué exalcaldesa de 76 años ha recibido en su casa un respirador personal de la empresa ”VitalAire“ para evitar acudir a un Hospital Público y hacer cola como el resto de españoles? Os doy una pista: No informará de ello ni La Sexta ni medio alguno de izquierdas”, decía el mensaje acompañado por una foto de un respirador.
Carmena desmintió haber recibido ese respirador y llevó a Alvise a los tribunales. En primera instancia fue el juzgado 59 de Madrid el que entendió que debía indemnizar a la exalcaldesa de la capital con 5.000 euros: “El autor de la información no la contrastó suficientemente. No se desplegó la diligencia exigible al publicar una información suministrada por fuentes no reveladas sin contrastar de forma suficiente la veracidad de los hechos narrados”. El hoy eurodiputado, dijo entonces esa sentencia, “no es un profesional de la información” pero es “activo en redes sociales y posee un gran número de seguidores que habrían tenido acceso a dicha información que, de ser falsa, afectaría indudablemente al honor de la demandante”.
La Audiencia Provincial ha rechazado el recurso del líder de 'Se Acabó La Fiesta', que todavía puede acudir al Tribunal Supremo. Alvise no ha conseguido probar que contrastara esa información con ninguna “fuente objetiva” y teniendo en cuenta “lo escandaloso de la noticia si hubiera sido verdad” se trata de una publicación que “constituye una afrenta al honor” de Manuela Carmena. Una difamación publicada en las primeras semanas de la pandemia: “Se estaba muriendo la población, las UCI estaban sobrecargadas y era manifiesta la falta de respiradores y mascarillas”, destaca la Audiencia.
La sentencia también rechaza otra de las alegaciones tradicionales de Alvise que sí han prosperado en otros procesos judiciales: que las diligencias abiertas contra él por sus tuits y declaraciones no se le han notificado de forma correcta. En este caso, los jueces explican la realidad: un procurador llegó a ir a la puerta de su casa, habló con él y Alvise se negó a recoger las comunicaciones del juzgado. “Se colocó voluntariamente en la situación de incomunicación”, dicen los jueces.
La resolución relata que un procurador se personó en el domicilio del agitador ultra en Madrid dos días consecutivos. El primero consiguió hablar con él a través del telefonillo y él colgó después de pedir que se lo mandaran todo por email. Tampoco abrió posteriormente la puerta cuando llamó al timbre. El procurador volvió un día después y encontró a Alvise: “Se niega a recibir la copia de la resolución, o no quiere firmar la diligencia acreditativa de la entrega”, explicó. “Resulta totalmente acreditado que el demandado impidió con su negativa la recepción de la cédula del emplazamiento y que este se practicase”, añade ahora la Audiencia de Madrid.
Varias causas pendientes
Alvise ya ha sido condenado en varias ocasiones por la vía civil por difamar a políticos y periodistas a través de sus cuentas en diversas redes sociales, Twitter o Telegram, donde atesora cientos de miles de seguidores desde hace años. El Tribunal Supremo dictó su primera condena firme, obligado a indemnizar con 7.000 euros a Ana Pastor por difundir fotos privadas sin su consentimiento. En la actualidad también se expone a varios procesos penales ante la sala segunda del tribunal por su aforamiento como eurodiputado.
La causa principal ha sido remitida recientemente por la Audiencia Nacional. Los jueces tienen pendiente decidir si imputan al parlamentario europeo por cobrar 100.000 euros en efectivo de un empresario del sector de las criptomonedas al que, tal y como reveló en exclusiva elDiario.es, prometió legislar a su favor en las últimas elecciones europeas.
Diversas causas se amontonan en el registro de la Sala de lo Penal del Supremo a la espera de la apertura de diligencias: desde investigaciones por difamar a un diputado del PSOE hasta una acusación de la Policía por su papel en los disturbios de noviembre de 2023 frente a la sede del PSOE pasando por una jueza de Sevilla que acusa al agitador de amenazas.
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