La familia y la comunidad judía española apelan al Tribunal Supremo de EEUU para que España devuelva el Pissarro expoliado por los nazis
De admitirse el recurso a trámite, podría conseguirse que sea la ley de California y no la española la que se aplique al caso, por la que el lienzo sería considerado propiedad de los Cassirer y no del Museo ThyssenErnest Urtasun: “Los tuits de Karla Sofía Gascón no representan a la sociedad española” La Comunidad Judía de Madrid y la Federación de Comunidades Judías de España han presentado esta semana un escrito ante el Tribunal Supremo de Estados Unidos en apoyo a la familia Cassirer, para que España le devuelva el cuadro de Camille Pissarro que fue expoliado por los nazis, después de que un tribunal de apelaciones considerara que el Estado español debía seguir siendo el propietario de la obra. El artista francés pintó el lienzo Rue Sant-Honoré por la tarde. Efecto de lluvia en 1897, y fue adquirido por la citada familia. Años más tarde, en 1939, Lilly Cassirer, antes de escapar de la Alemania en la que estaba ascendiendo Hitler, se vio obligada a 'vender' la obra a los nazis por un precio irrisorio, a cambio de un pasaporte para poder salir del país. La pintura acabó en manos del barón Hans Heinrich Thyssen-Bornemisza en 1976, que lo compró en una galería de Nueva York y, en 1993 lo vendió a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza. La sorpresa para el nieto de Lilly, el fotógrafo Claude Cassirer, llegó en 1999, cuando descubrió expuesto el cuadro en el Museo Thyssen en Madrid. Su petición de devolución fue denegada y en 2005 decidió abrir una batalla legal en California. El retratista falleció en 2010 a los 89 años, pero sus herederos han mantenido el caso abierto. Tras varias instancias, el Tribunal Supremo de EEUU dictó a principios de 2022 una resolución por la que dio marcha atrás, al resolver que a la obra se le debería haber aplicado la norma de conflicto de leyes de California. Esta institución ordenó a los tribunales inferiores reabrir el caso para, aplicando la norma californiana, determinar qué derecho se debía aplicar: el derecho español, como se había hecho hasta el momento –y por el que la obra es propiedad del Thyssen–, o el de California que, en caso de aplicarse, reconocería a los Cassirer como propietarios. A principios de 2024, la Corte Federal de Apelaciones de California sentenció que el Estado español era el legítimo propietario de Rue Saint-Honoré por la tarde. Efecto de lluvia, que está valorado en unos 28 millones de euros. Aun así, la familia no se dio por vencida y solicitó la reconsideración de la decisión de esta Corte que denegó revisar el caso. El proceso contó con un voto en contra de uno de los magistrados, que consideró que sí que debía haberse aplicado la ley de California. Alcanzado el mes de diciembre, la familia Cassirer decidió recurrir al Tribunal Supremo. A la espera de saber si será o no admitido a trámite, la Comunidad Judía de Madrid y la Federación de Comunidades Judías de España han presentado esta semana un escrito 'Amicus Curiae' para apoyar su causa. Un escrito 'Amicus Curiae' es un informe técnico que pueden presentar personas ajenas a un litigio, pero que tienen interés en la materia, para brindar argumentos para la resolución de un asunto, dar su opinión jurídica, proporcionar información o alterar sobre los posibles efectos de una decisión. En lo respectivo al Pissarro, ayudar a que los Cassirer logren recuperarlo. Bernardo Cremades Jr., letrado del bufete B. Cremades & Asociados que representa a las comunidades judías de España, explica a este periódico que, desde la última resolución desfavorable para la familia, el legislador californiano ha aprobado una ley que dicta que, “en cualquier caso, las obras de arte expoliadas por el nazismo, siempre que haya disputa sobre su propiedad, deben sujetarse al derecho de California”. Y que esta debía aplicarse tanto a los procedimientos futuros como a aquellos que estén ya en marcha. Durante el proceso, citó el caso del lienzo de Pissarro. Esta aprobación, junto a la comentada oposición del magistrado, son para el despacho dos elementos “para pensar” que el Tribunal Supremo sí puede acabar admitiendo el recurso a trámite. Sobre el apoyo de las comunidades judías españolas a la causa, el letrado explica que el objetivo de estas es “intentar arreglar los desaguisados del Holocausto y perpetuar la memoria histórica para que no se pueda readmitir”. En el texto presentado, al que ha tenido acceso elDiario.es, argumentan que España debería ser consecuente con los instrumentos internacionales firmados en las últimas décadas, en los que se comprometían a devolver arte robado. Entre ellos, los Principios de Washington, la Declaración de Terezin y convenciones de la UNESCO. Este periódico se ha puesto en contacto con el Museo Thyssen para preguntarle por el caso, desde donde responden que están estudiando su respuesta. Diferencias entre el expolio nazi y el franquista Para el jurista Bernard
De admitirse el recurso a trámite, podría conseguirse que sea la ley de California y no la española la que se aplique al caso, por la que el lienzo sería considerado propiedad de los Cassirer y no del Museo Thyssen
Ernest Urtasun: “Los tuits de Karla Sofía Gascón no representan a la sociedad española”
La Comunidad Judía de Madrid y la Federación de Comunidades Judías de España han presentado esta semana un escrito ante el Tribunal Supremo de Estados Unidos en apoyo a la familia Cassirer, para que España le devuelva el cuadro de Camille Pissarro que fue expoliado por los nazis, después de que un tribunal de apelaciones considerara que el Estado español debía seguir siendo el propietario de la obra.
El artista francés pintó el lienzo Rue Sant-Honoré por la tarde. Efecto de lluvia en 1897, y fue adquirido por la citada familia. Años más tarde, en 1939, Lilly Cassirer, antes de escapar de la Alemania en la que estaba ascendiendo Hitler, se vio obligada a 'vender' la obra a los nazis por un precio irrisorio, a cambio de un pasaporte para poder salir del país. La pintura acabó en manos del barón Hans Heinrich Thyssen-Bornemisza en 1976, que lo compró en una galería de Nueva York y, en 1993 lo vendió a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza.
La sorpresa para el nieto de Lilly, el fotógrafo Claude Cassirer, llegó en 1999, cuando descubrió expuesto el cuadro en el Museo Thyssen en Madrid. Su petición de devolución fue denegada y en 2005 decidió abrir una batalla legal en California. El retratista falleció en 2010 a los 89 años, pero sus herederos han mantenido el caso abierto. Tras varias instancias, el Tribunal Supremo de EEUU dictó a principios de 2022 una resolución por la que dio marcha atrás, al resolver que a la obra se le debería haber aplicado la norma de conflicto de leyes de California.
Esta institución ordenó a los tribunales inferiores reabrir el caso para, aplicando la norma californiana, determinar qué derecho se debía aplicar: el derecho español, como se había hecho hasta el momento –y por el que la obra es propiedad del Thyssen–, o el de California que, en caso de aplicarse, reconocería a los Cassirer como propietarios. A principios de 2024, la Corte Federal de Apelaciones de California sentenció que el Estado español era el legítimo propietario de Rue Saint-Honoré por la tarde. Efecto de lluvia, que está valorado en unos 28 millones de euros.
Aun así, la familia no se dio por vencida y solicitó la reconsideración de la decisión de esta Corte que denegó revisar el caso. El proceso contó con un voto en contra de uno de los magistrados, que consideró que sí que debía haberse aplicado la ley de California.
Alcanzado el mes de diciembre, la familia Cassirer decidió recurrir al Tribunal Supremo. A la espera de saber si será o no admitido a trámite, la Comunidad Judía de Madrid y la Federación de Comunidades Judías de España han presentado esta semana un escrito 'Amicus Curiae' para apoyar su causa. Un escrito 'Amicus Curiae' es un informe técnico que pueden presentar personas ajenas a un litigio, pero que tienen interés en la materia, para brindar argumentos para la resolución de un asunto, dar su opinión jurídica, proporcionar información o alterar sobre los posibles efectos de una decisión. En lo respectivo al Pissarro, ayudar a que los Cassirer logren recuperarlo.
Bernardo Cremades Jr., letrado del bufete B. Cremades & Asociados que representa a las comunidades judías de España, explica a este periódico que, desde la última resolución desfavorable para la familia, el legislador californiano ha aprobado una ley que dicta que, “en cualquier caso, las obras de arte expoliadas por el nazismo, siempre que haya disputa sobre su propiedad, deben sujetarse al derecho de California”. Y que esta debía aplicarse tanto a los procedimientos futuros como a aquellos que estén ya en marcha. Durante el proceso, citó el caso del lienzo de Pissarro.
Esta aprobación, junto a la comentada oposición del magistrado, son para el despacho dos elementos “para pensar” que el Tribunal Supremo sí puede acabar admitiendo el recurso a trámite. Sobre el apoyo de las comunidades judías españolas a la causa, el letrado explica que el objetivo de estas es “intentar arreglar los desaguisados del Holocausto y perpetuar la memoria histórica para que no se pueda readmitir”.
En el texto presentado, al que ha tenido acceso elDiario.es, argumentan que España debería ser consecuente con los instrumentos internacionales firmados en las últimas décadas, en los que se comprometían a devolver arte robado. Entre ellos, los Principios de Washington, la Declaración de Terezin y convenciones de la UNESCO. Este periódico se ha puesto en contacto con el Museo Thyssen para preguntarle por el caso, desde donde responden que están estudiando su respuesta.
Diferencias entre el expolio nazi y el franquista
Para el jurista Bernardo Cremades Jr. es “aún más paradójico” que el Estado español esté “activamente revisando las obras de arte expoliadas por el franquismo” –en especial tras la publicación del listado de 5.000 obras incautadas para que sean reclamadas por sus dueños el pasado mes de junio–, “y, por otro lado, negándose a devolver arte expoliado por los nazis”. “¿Será porque el franquismo trae votos y el Holocausto no? No tengo ni idea, pero están adoptando posturas contrarias”, valora el abogado.
Tampoco sería la primera vez que España devuelve cuadros procedentes del expolio nazi a sus dueños. El Museo de Pontevedra entregó en 2022 al Gobierno de Polonia un díptico medieval del siglo XV, atribuido al pintor Dieric Bouts, propiedad de la Institución. La Mater Dolorosa y el Ecce Homo pertenecen a la colección fundada a finales del siglo XVIII por la princesa Izabella Czartoryska-Dzialynska, con obras como La dama del armiño, de Leonardo, o el Retrato de un joven, de Rafael, adquiridos en Italia. El retrato de Rafael sigue sin aparecer desde que la colección fue incautada por los nazis en 1941, durante la ocupación de Polonia.
El letrado Bernardo Cremades Jr. valora que “todavía queda tela por cortar” en el caso. Si el Tribunal Supremo acabara dictando a favor de la familia y finalmente se aplicara el derecho de California, el Thyssen tendría que devolver el cuadro a la familia Cassirer. En caso contrario, permanecerá en propiedad de la pinacoteca. Para el abogado, esto implicaría “dar una imagen pésima de España”, como “refugio seguro” de arte robado. Eso sí, advierte que el proceso podría alargarse entre “año y medio y dos años”, dado que de admitirse, se pedirían escritos más desarrollados a ambas partes y se convocaría una vista.