¿Puedo incluir en la Renta un dinero que me han estafado para pagar menos?
Las estafas online están a la orden del día, desgraciadamente. Si te has visto afectada por alguna de ellas durante los últimos 12 meses y has perdido dinero, es importante que conozcas cómo puedes actuar de cada a la próxima Declaración de la Renta con la que regularizarán el IRPF del año 2024. La Declaración […] The post ¿Puedo incluir en la Renta un dinero que me han estafado para pagar menos? appeared first on ADSLZone.
Las estafas online están a la orden del día, desgraciadamente. Si te has visto afectada por alguna de ellas durante los últimos 12 meses y has perdido dinero, es importante que conozcas cómo puedes actuar de cada a la próxima Declaración de la Renta con la que regularizarán el IRPF del año 2024.
La Declaración de la Renta es uno de los modelos tributarios que deben realizar la inmensa mayoría de los contribuyentes de nuestro país. En él, debe quedar reflejada toda nuestra actividad fiscal correspondiente a los últimos doce meses del año: incluyendo salarios que hemos recibido, posibles subvenciones, modificaciones en nuestro patrimonio o las rentas que podemos percibir por alguna casa que tengamos en alquiler, por ejemplo.
Pero, ¿qué ocurre si hemos sido víctima de una estafa durante los últimos doce meses y hemos perdido una cierta cantidad de dinero? Lo primero que debemos tener en cuenta que es la Renta nos permite compensar pérdidas para que se tengan en cuenta en el balance final. En el caso de las pérdidas provocadas por una estafa, debemos cumplir con algunas condiciones para incluirlas en dicho modelo tributario.
Todas las pérdidas patrimoniales pueden declararse
La OCU informa que todas las pérdidas patrimoniales pueden declararse en la Renta. La única excepción son las pérdidas que obedecen al consumo, al juego, a las donaciones o aquellas que no se pueden justificar. Por lo tanto, y siguiendo las indicaciones del organismo mencionado, podríamos computar las pérdidas pertinentes causadas por una estafa. Para poder hacerlo, será necesario que guardemos todas las pruebas que confirmen que, efectivamente, hemos sido víctimas de una estafa y hemos perdido la cantidad de dinero en cuestión a la que estábamos haciendo referencia.
Conviene tener en cuenta que la pérdida en cuestión se debe haber producido en el ejercicio fiscal en el que estamos haciendo la Renta. En este caso, deberíamos haber sido víctimas de la estafa durante el año 2024. Si es anterior a esta fecha, tendríamos que presentar una declaración rectificativa aportando toda la documentación pertinente para que el organismo tributario pueda valorar la rectificación y proceder a su compensación.
Dónde se incluyen
No existe una categoría específica para incluir este tipo de pérdidas patrimoniales, por lo que se tienen que incluir en la base imponible general. La compensación se realiza con las ganancias no derivadas de transmisiones y con el 25% de las demás rentas de la base general, que es la que incluye los ingresos frecuentes como el salario o la pensión, por ejemplo.
Si el saldo sigue siendo negativo tras haber realizado la compensación, podríamos continuar compensando los próximos cuatro ejercicios. No obstante, si nos encontramos ante el escenario contrario y en algún momento conseguimos la devolución del importe que previamente habíamos perdido, deberemos declararlo cuando corresponda como una ganancia patrimonial y hacer frente a los impuestos que inicialmente no habíamos pagado por la situación que habíamos manifestado.
En cualquier caso, cuando vivimos una situación en la que intervienen este tipo de elementos pueden influir en nuestra próxima Renta, te recomendamos que solicites una cita previa con la Agencia Tributaria para que te asesoren sobre los pasos a seguir antes de que se inicie la campaña correspondiente al presente curso fiscal.
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