La regla del Uscis para reabrir una solicitud de ciudadanía previamente aprobada

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración aprueba a diario múltiples solicitudes de naturalización; sin embargo, la agencia federal puede revisar un caso cuando ocurren ciertas irregularidades

Feb 6, 2025 - 22:52
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La regla del Uscis para reabrir una solicitud de ciudadanía previamente aprobada

En ocasiones, el largo proceso que conlleva aplicar a la ciudadanía de Estados Unidos puede extenderse por mucho tiempo, incluso después de que esta haya sido aprobada. Es que, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) cuenta con una regla para reabrir una solicitud de naturalización previamente confirmada, siempre que se presente información que afecte la elegibilidad del solicitante.

Motivos por los cuales Uscis puede reabrir un pedido de ciudadanía

Según informa el Uscis en su página oficial, esta revisión puede aplicarse en dos situaciones específicas:

  • Cuando las autoridades reciben información descalificatoria del solicitante antes de la ceremonia del Juramento de Lealtad.
  • Cuando la persona no se presenta a la ceremonia en al menos dos ocasiones sin una justificación válida.
El Uscis cuenta con diferentes vías para conseguir la ciudadanía estadounidense

Notificación de la reapuertura del caso y plazos de respuesta

Cuando el Uscis decide reabrir un caso, el solicitante de naturalización estadounidense recibe una notificación formal en la que se le explican la razón del fallo y se le otorgan 15 días para responder. Durante este periodo, el interesado tiene la oportunidad de proporcionar evidencia que refute la información descalificatoria o de justificar su inasistencia a las ceremonias programadas.

Revisión de solicitud de la ciudadanía: resultados posibles

  • Si el solicitante logra refutar la información descalificatoria o justificar sus ausencias: Uscis niega la moción de reapertura y programa al solicitante para una nueva ceremonia de juramento.
  • Si el solicitante no logra superar la información descalificatoria: Uscis aprueba la reapertura del caso y posteriormente deniega la solicitud de naturalización.
Existen dos motivos por los cuales el Uscis puede reabrir una solicitud de ciudadanía ya aprobada

Reapertura de solicitudes cerradas administrativamente

Cabe destacar que, en el caso de que el Uscis decida cerrar administrativamente una solicitud, la persona afectada puede pedir una nueva reapertura. De acuerdo con la información brindada por la agencia federal, el solicitante que se encuentre en esa situación debe enviar una petición por escrito dentro del plazo de un año desde la fecha de cierre. En estos casos, no se requiere el pago de tarifas adicionales.

Cuando se presenta una petición para reabrir un caso cerrado administrativamente, Uscis considera el día de la solicitud de reapertura como la fecha de presentación de la solicitud de naturalización a efectos de determinar la elegibilidad.

Notificación de resolución

Tras recibir la solicitud de reapertura, el Uscis debe emitir una notificación formal al solicitante para indicarle si la petición ha sido aprobada o denegada. En caso de darle lugar, el proceso de naturalización se reanuda y el solicitante puede ser convocado para completar los siguientes pasos, incluido el Juramento de Lealtad.

Este procedimiento garantiza que solo los inmigrantes que cumplen con todos los requisitos legales puedan completar el proceso y acceder a la ciudadanía estadounidense.La agencia federal proporciona servicios de naturalización y solicitudes de visas para los inmigrantes a Estados Unidos

Naturalización: requisitos para obtener la ciudadanía de Estados Unidos

Para seguir el proceso de naturalización, el ciudadano extranjero debe cumplir con las condiciones establecidas por el Congreso de Estados Unidos en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés). Según el caso, puede haber otros requisitos, pero estos son los generales para este 2025:

  • Tener un mínimo de 18 años de edad.
  • Demostrar que es un residente permanente legalmente admitido en Estados Unidos.
  • Haber estado físicamente presente en Estados Unidos durante al menos 30 meses inmediatamente antes de la fecha de presentación del formulario N-400.
  • Demostrar que es una persona de buen carácter moral y ha sido una persona de buen carácter moral durante al menos cinco años inmediatamente antes de la fecha de presentación del formulario N-400.
  • Poder hablar, leer, escribir y entender inglés.
  • Tener conocimiento de los fundamentos de la historia, y los principios y forma de gobierno de Estados Unidos.
  • Demostrar adhesión a los principios de la Constitución y buena disposición al buen orden y bienestar de Estados Unidos.
  • Estar dispuesto y ser capaz de tomar el Juramento de Lealtad.