Así será la nueva jubilación activa: posibilidad de trabajar y cobrar la pensión y cambios en este sistema

Este miércoles se convalida el Real Decreto-ley sobre la mejora de la regulación de la jubilación parcial, la jubilación activa y de la jubilación demorada. Con el apoyo del PP , el trámite saldrá adelante. Son varias las reformas que introduce este decreto-ley. Entre las medidas, pactadas por los agentes sociales, está la modificación de la jubilación activa . En este sistema de retiro conlleva tres grandes cambios. Uno de los más significativos es que se elimina la necesidad de contar con una carrera de cotización completa . En la actualidad para acceder a una pensión contributiva del 100% es necesario contar con 66 años y 8 meses cuando en caso de que se tengan menos de 38 años y 3 meses cotizados. En caso de sí tenerlos la edad ordinaria baja hasta los 68 años. Hasta ahora, disfrutar de la jubilación activa sólo era posible si se cumplía este requisito. Pero ahora con quince años cotizados también se podrá acceder a este retiro, coincidiendo con el tiempo de trabajo necesario para poder pedir una pensión contributiva. El Gobierno ha defendido que este cambio beneficia sobre todo a las mujeres. Desde la iniciativa 'Mi jubilación' de BBVA resaltan que puede beneficiar a este colectivo en tanto en cuanto hayan tenido lagunas en sus cotizaciones . Otro de los cambios en la jubilación activa es que se 'endurecen' los porcentajes de pensión que se cobrará. Antes de la reforma, con la jubilación activa se tenía derecho a un 50% de la pensión correspondiente. Ahora se endurecerá sobre todo el primer año ya que transcurrido este se percibirá un 45% de la pensión, un 55% en el segundo año, un 65% en el tercero, un 80% en el cuarto y el 100% a partir del quinto. De esta manera, desde 'Mi Jubilación' señalan que el nuevo sistema es peor para el primer año de jubilación que se atrasa, pero que sin embargo mejora a partir del segundo año en que el trabajador por cuenta ajena se mantiene en activo. En el caso de los autónomos, la reforma plantea la percepción del 100% en el caso de que se tengan contratados trabajadores y del 75% en el caso de que sea sólo el trabajador por cuenta propia quien desarrolla la actividad. Pero una de las grandes cuestiones respecto a este tipo de jubilación radica en que a partir del mes de abril será compatible con la percepción de incentivos de demora . En la última reforma del sistema de pensiones impulsada por el exministro José Luis Escrivá se planteaban penalizaciones mediante coeficientes reductores para aquellos que adelantasen su retirada del mercado laboral mientras que quienes la retrasan recibirían un 'premio' en forma de un porcentaje de mejora, un cheque o la combinación de ambos. En este sentido, lo que ocurrirá a partir de ahora es que la percepción del complemento de demora pasa a ser compatabible con el acceso a la jubilación activa. A los beneficios de la jubilación demorada se accede una vez se tiene la jubilación plena. Sin embargo, mientras se esté en jubilación activa no se generará incremento alguno del complemento. Es decir, se para el reloj, y no se incrementan los pocentajes del complemento de demora que se venían produciendo. Si el pensionista retrasa cinco años su jubilación percibirá el 100% de la pensión. Los analistas esperan que estas medidas podrían tener un impacto neutro o reducir levemente el gasto. Lo que hace atractiva esta modalidad es que se retrasa la edad de jubilación y la prestación se empieza a cobrar más tarde. El Congreso convalida este miércoles el Real Decreto-ley que incluye la mejora de la regulación de la jubilación parcial, la jubilación activa y de la jubilación demorada y que entró en el último Consejo de Ministros del 2024. Así, tanto las modificaciones de jubilación activa y jubilación parcial entrarán en vigor a partir del próximo 1 de abril de 2025 . En cuanto a la jubilación parcial el decreto ampliar de 2 a 3 los años la posibilidad de anticipo de acceso a la edad de jubilación con las adaptaciones de jornada pertinentes. El trabajador que sustituya a este tendrá que ser contratado como indefinido y a tiempo completo.

Jan 22, 2025 - 05:20
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Así será la nueva jubilación activa: posibilidad de trabajar y cobrar la pensión y cambios en este sistema
Este miércoles se convalida el Real Decreto-ley sobre la mejora de la regulación de la jubilación parcial, la jubilación activa y de la jubilación demorada. Con el apoyo del PP , el trámite saldrá adelante. Son varias las reformas que introduce este decreto-ley. Entre las medidas, pactadas por los agentes sociales, está la modificación de la jubilación activa . En este sistema de retiro conlleva tres grandes cambios. Uno de los más significativos es que se elimina la necesidad de contar con una carrera de cotización completa . En la actualidad para acceder a una pensión contributiva del 100% es necesario contar con 66 años y 8 meses cuando en caso de que se tengan menos de 38 años y 3 meses cotizados. En caso de sí tenerlos la edad ordinaria baja hasta los 68 años. Hasta ahora, disfrutar de la jubilación activa sólo era posible si se cumplía este requisito. Pero ahora con quince años cotizados también se podrá acceder a este retiro, coincidiendo con el tiempo de trabajo necesario para poder pedir una pensión contributiva. El Gobierno ha defendido que este cambio beneficia sobre todo a las mujeres. Desde la iniciativa 'Mi jubilación' de BBVA resaltan que puede beneficiar a este colectivo en tanto en cuanto hayan tenido lagunas en sus cotizaciones . Otro de los cambios en la jubilación activa es que se 'endurecen' los porcentajes de pensión que se cobrará. Antes de la reforma, con la jubilación activa se tenía derecho a un 50% de la pensión correspondiente. Ahora se endurecerá sobre todo el primer año ya que transcurrido este se percibirá un 45% de la pensión, un 55% en el segundo año, un 65% en el tercero, un 80% en el cuarto y el 100% a partir del quinto. De esta manera, desde 'Mi Jubilación' señalan que el nuevo sistema es peor para el primer año de jubilación que se atrasa, pero que sin embargo mejora a partir del segundo año en que el trabajador por cuenta ajena se mantiene en activo. En el caso de los autónomos, la reforma plantea la percepción del 100% en el caso de que se tengan contratados trabajadores y del 75% en el caso de que sea sólo el trabajador por cuenta propia quien desarrolla la actividad. Pero una de las grandes cuestiones respecto a este tipo de jubilación radica en que a partir del mes de abril será compatible con la percepción de incentivos de demora . En la última reforma del sistema de pensiones impulsada por el exministro José Luis Escrivá se planteaban penalizaciones mediante coeficientes reductores para aquellos que adelantasen su retirada del mercado laboral mientras que quienes la retrasan recibirían un 'premio' en forma de un porcentaje de mejora, un cheque o la combinación de ambos. En este sentido, lo que ocurrirá a partir de ahora es que la percepción del complemento de demora pasa a ser compatabible con el acceso a la jubilación activa. A los beneficios de la jubilación demorada se accede una vez se tiene la jubilación plena. Sin embargo, mientras se esté en jubilación activa no se generará incremento alguno del complemento. Es decir, se para el reloj, y no se incrementan los pocentajes del complemento de demora que se venían produciendo. Si el pensionista retrasa cinco años su jubilación percibirá el 100% de la pensión. Los analistas esperan que estas medidas podrían tener un impacto neutro o reducir levemente el gasto. Lo que hace atractiva esta modalidad es que se retrasa la edad de jubilación y la prestación se empieza a cobrar más tarde. El Congreso convalida este miércoles el Real Decreto-ley que incluye la mejora de la regulación de la jubilación parcial, la jubilación activa y de la jubilación demorada y que entró en el último Consejo de Ministros del 2024. Así, tanto las modificaciones de jubilación activa y jubilación parcial entrarán en vigor a partir del próximo 1 de abril de 2025 . En cuanto a la jubilación parcial el decreto ampliar de 2 a 3 los años la posibilidad de anticipo de acceso a la edad de jubilación con las adaptaciones de jornada pertinentes. El trabajador que sustituya a este tendrá que ser contratado como indefinido y a tiempo completo.

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